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MINSA: Modifican directiva para el proceso de selección y contratación de trabajadores CAS

La norma indica que los integrantes suplentes sólo actúan ante la ausencia de los titulares del comité de selección.

Mediante la Resolución Ministerial Nº 577-2024/Minsa, se realizaron modificaciones en el numeral 6.7 de la “Directiva Administrativa para el Proceso de Selección y Contratación de Personal bajo el Régimen Laboral Especial de Contratación Administrativa de Servicios – CAS en el Ministerio de Salud.

De acuerdo con el nuevo lineamiento, el desarrollo del proceso de selección estará a cargo de un Comité de Selección compuesto por dos miembros: un representante de la Oficina de Recursos Humanos o la entidad que cumpla dicha función, y un representante de la unidad orgánica o área usuaria, quien tendrá voto dirimente en caso de ser necesario.

La disposición indica que tanto el representante de la Oficina de Recursos Humanos como el de la unidad orgánica o área usuaria, deberán tener un suplente, que solo ejercerá su labor en caso se ausente el titular. La designación de estos representantes será oficializada mediante un documento emitido por el titular del área correspondiente.

La norma también establece dejar subsistentes las demás disposiciones contenidas en la Directiva Administrativa para el Proceso de Selección y Contratación de Personal bajo el Régimen Laboral Especial de Contratación Administrativa de Servicios – CAS en el Minsa.

Fuente: https://gestion.pe/economia/gobierno-peruano-minsa-modifican-directiva-para-el-proceso-de-seleccion-y-contratacion-de-trabajadores-cas-noticia/

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